miércoles, 17 de diciembre de 2008

Spam que hace referencia a la Constitución(!?)

Claro, hace tiempo que se usaba lo del "...Este mensaje no puede ser considerado spam según las leyes internacionales..." o "...Bajo el decreto S.1618 TÍTULO III aprobado por el 105º Congreso, este mensaje no puede ser considerado spam...", o cosas por el estilo, pero creo que ya todo el mundo sabe que estas frases son mentiras, ya que no existe legislación "internacional" sobre el spam, sino que en realidad solo hay legislación sobre este tema en algunos países.

Lamentablemente, en algunos países la legislación que regula el SPAM fué mal implementada, así que esto creo algunas situaciones que pueden complicar aún más la situación para las empresas de la rama de los servicios de Internet, ya que básicamente puede haber casos en los cuales una persona puede emprender acciones legales contra una de dichas empresas y hasta obtener un beneficio monetario sin tener que ofrecer todas las pruebas necesarias al respecto. Tal es el caso de Perú, por ejemplo.

Hace unos días, recibí algunos mensajes de Spam que clamaban lo siguiente:

...Este es un correo electronico promocional. Esta contemplado en lo establecido por la Constitución de la República Oriental del Uruguay en su Sección II Capitulo I, Artículos 10 y 28...

Se imaginarán mi sorpresa...

Como los mensajes no dejaban de ser SPAM, y quien se tomó la molestia de agregar estos datos al final de mensaje parece querer aprovecharse de alguna manera de lo que dice la Constitución, la busqué y me puse a revisar la información.

El artículo 10 de la sección II, capítulo 1º dice así:

"Las acciones privadas de las personas que de ningún modo atacan el orden público ni perjudican a un tercero, están exentas de la autoridad de los magistrados."

Y el artículo 28 de la misma sección, dice:

"Los papeles de los particulares y su correspondencia epistolar, telegráfica o de cualquier otra especie, son inviolables, y nunca podrá hacerse su registro, examen o interceptación sino conforme a las leyes que se establecieron por razones de interés general."

Esto no es más que un intento por escapar a potenciales acciones legales emprendidas por algún damnificado a causa de estos mensajes.

Resulta destacable que se cite el artículo 28, el cual está destinado a proteger la privacidad de las comunicaciones epistolares, y aquí se pretende utilizar como medida preventiva en contra de acciones que pudieran tomar los administradores de sistemas, quienes tienen acceso a los e-mails de sus clientes y pueden presentar quejas de SPAM y/o tomar medidas en forma unilateral contra el SPAM, sin consultar a los destinatarios (quienes normalmente no reciben el SPAM, ya que queda cautivo en los repositorios de basura de los servidores, a causa de los filtros aplicados por los mismos).

Ahora, si nos concentramos en el artículo 10, veremos que en realidad no puede aplicarse al caso de estos spammers (por lo menos para evitar acciones legales, que es lo que pretenden en realidad), simplemente porque de hecho, sus acciones sí perjudican a terceros (al administrador de sistemas que tiene que lidiar con el SPAM, a pesar de no ser el destinatario del mismo, por ejemplo), así que en definitiva, al igual que con las otras famosas frases que suelen llevar los SPAM al final como burdos intentos de evitar que los destinatarios tomen acciones en contra de los spammers, estas solo tienen como cometido el intentar generar miedo en los sysadmins y en los destinatarios que decidan intentar hacer algo al respecto del SPAM, aunque sin ningún asidero real que respalde acción o protección alguna.

Estos spammers son los mismos que se llenan la boca con analogías como "el email marketing es igual que un folleto por debajo de la puerta", "es igual a cuando mirás televisión y te pasan una tanda" y otras ridiculeces por el estilo, que ya sabemos que NO son ciertas.

La verdad, sigue siendo lamentable que en este país no haya ninguna legislación sobre el tema, lo cual se me ocurre que sucede gracias a la ignorancia inconmensurable que se extiende cual si fuera ceguera hereditaria sobre nuestra clase política.

Esto no quita que el intento es destacable, tanto por lo ridículo como por lo "original" (a falta de una mejor palabra para definir esta malversación de la leguleyezca nacional en defensa de la "profesión" del "email marketing").

"Agua y ajo", dice el conocido dicho popular...

:wq

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Gustavo Castro

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